INFORMACION PARA BACHILLERES

APLICACION DE MEDIDAS ACADÉMICAS PARA EL 1 - 2009
Medidas de 4ta, 5ta y 6ta Repitencia + 25%

APLICACION DE MEDIDAS ACADÉMICAS A PARTIR DEL 3 - 2009
Medidas de 4ta, 5ta y 6ta Repitencia + 25% + 50%


NORMAS DE PERMANENCIA SEGÚN RESOLUCIÓN CU N° 012/84

LEEA LAS NORMAS DE PERMANENCIA Y REPITENCIA AQUI

El estudiante que tenga que REPETIR asignaturas por:

1RA VEZ: Debe cursarlas con asistencia al aula.
2DA VEZ: Debe cursarlas por libre escolaridad (sección 98).
3ERA VEZ: Debe cursarlas por libre escolaridad (sección 98).
4TA VEZ: Debe cursarlas con asistencia al aula y solo podrá inscribir un mázimo de ocho (8) créditos incluyendo la(s) asignatura(s) problema(s).
5TA VEZ: Sólo podrá inscribir la(s) asignatura(s) problema(s) y debe cursarla(s) con asistencia al aula.
6TA VEZ: Suspensión de matrícula y su reingreso queda sujeto a las normas establecidas por la institución para estos efectos.

25% de la carga crediticia inscrita: Aprobación de por lo menos el 25% de la carga efectiva inscrita en cada semestre, de lo contrario tendrá suspension de la matrícula y su reingreso queda sujeto a las normas establecidas por la institución para estos efectos, siempre y cuando este porcentaje no sea inferior al 25%(tres créditos) de la carga minima.

50% de la carga crediticia inscrita: Se aplica esta medida a aquellos estudiantes reincorporados despues de haber sido sometidos a la suspención de matricula por aplicación del resuelto anterior (25%). Esto implica la aprobación en el semestre de su reingreso del 50% de la carga crediticia inscrita, siempre y cuando dicho porcentaje no sea inferior al 50%(seis créditos) de la carga minima (doce créditos).